Gestación subrogada. Controversia en la sociedad (I)



La gestación subrogada llamada también en los medios útero de alquiler ha planteado a la sociedad y a los que deben legislar, un problema muy importante que está entre los temas en que los ciudadanos no tienen una posición claramente definida. Seguramente en ese posicionamiento influyen muchos factores como los principios éticos, las profesiones o especialidades que abordan estos temas, las emociones ligadas a la maternidad, las ideologías, los derechos de la gestante y del neonato entre otros.
Meses atrás realizamos en Sinapsis dentro de las Entrevistas a Amigos Distinguidos, la pregunta relacionada con este problema.
Pretendemos abordar este asunto para aportar elementos al debate y la reflexión e intentar así un análisis sereno, educado y positivo que contribuya a posicionarnos con argumentos sobre este conflictivo y espinoso tema.
Meses antes de las entrevistas mencionadas, la Dra Monedero inició el tema con una opinión que también podréis leer en la revista pinchando en entradas antiguas. Esa colaboración se publicó a comienzo del 2018 y fue la más visitada durante ese año. El Dr. García del Río también aportó su punto de vista sobre la gestación subrogada.

 Ahora retomaremos esa controversia con dos publicaciones. La primera hoy a cargo del ginecólogo Dr. Alberto Salamanca. Al final de la misma también agregaremos las opiniones de tres de los entrevistados anteriormente.
La próxima semana, haremos lo mismo con la ponencia del Dr. Enrique Pérez de la Blanca, experto en reproducción humana y con las restantes opiniones de los entrevistados en otras entradas de Sinapsis.


¿Tiene una opinión tomada sobre la gestación subrogada?

Alberto Salamanca

La biología, la medicina o la ginecología, no pueden responder a preguntas como si es legítimo insertar óvulos fecundados de una mujer en el útero de otra. No responden y no responderán jamás, porque esa pregunta no es para ellas. Tampoco la física podría definirse acerca de si son necesarias o no las centrales nucleares o las bombas atómicas. En este sentido, el matemático y filósofo de la ciencia Henri Poincaré afirmaba que las ciencias hablan en indicativo y no en imperativo. Porque las ciencias lo que hacen es, en ocasiones, facilitar la comprensión; sin embargo jamás juzgan.
La razón es la que conoce, mientras que quien evalúa es el deseo. Y, evidentemente ningún deseo logrará de ningún modo ejercer de conocimiento, como ninguna razón satisfará el deseo. La intersección de razón y deseo es lo que constituye al hombre, pero también es origen de lo que lo mortifica.
Por todo ello, lo que se expresa aquí es la opinión de un ciudadano más y no la de ningún experto. Un ciudadano apesadumbrado por una cuestión éticamente complicada.
De modo que la gestación subrogada (gs), es decir llevar a cabo un embarazo, con óvulos de la gestante ―gs ‘tradicional’― o no ―gs ‘gestacional’― para, después del parto, entregar al recién nacido a otra mujer, no reviste ninguna dificultad médica (se utilizan los mismos métodos de la reproducción asistida), pero sí conlleva problemas ético legales de hondo calado. En esencia, viene a romperse el esquema de la ‘familia tradicional’ occidental y provoca una clara disociación entre maternidad biológica y social, hasta el punto de que un recién nacido de una gestación subrogada podrían tener hasta seis progenitores diferentes: unos padres genéticos donantes de gametos, unos padres gestantes cedentes del útero y portadores de la gestación, y unos padres sociales que cuidan y atienden finalmente las necesidades del niño.
Si hay conflicto es porque, en esa circunstancia, confluyen deseos, intereses y derechos no siempre coincidentes, a veces contrapuestos. Y, entonces, lo que es virtud para unos, es crimen para otros. Y por eso hay que legislar, porque solo la ley, que limita, consiente que las libertades de todos y cada uno convivan en lugar de oponerse, que se vigoricen de forma recíproca en lugar de arruinarse. Pero, claro, nos encontramos atrapados en la historicidad de la normas de nuestra cultura.
Hay quien prohíbe porque ve en la cesión del útero, a un cuerpo utilizado como un medio para obtener los fines de otros. La mercantilización del cuerpo de la mujer, en otro sentido que la prostitución, pero comercialización al fin y al cabo. La dignidad humana que le es inherente se destruye y la mujer queda reducida a un ‘valor de mercado’, una forma más de explotación y violencia contra las mujeres.
Hay quien permite invocando a la autonomía de la persona para tomar decisiones sobre su propio cuerpo. Ya sea de forma altruista o con remuneración económica. Aunque es posible que la solidaridad de la mujer sería más evidente con contratos gratuitos y no onerosos. Hay quien piensa que las mujeres que se prestan a ceder su útero, son mujeres necesitadas, pobres y/o vulnerables, por lo que al final es una explotación. También hay legislaciones permisivas en determinadas circunstancias y con limitaciones, de modo que se restringen las necesidades para recurrir a la subrogación y se impiden contratos con fines comerciales.
Desde mi punto de vista, lo más correcto quizá sería una respuesta internacional ―si bien mi confianza en esto es casi nula―, un convenio o una norma supranacional que regulara la maternidad subrogada, con garantía de derechos humanos de la mujer gestante y del niño nacido. Como aquello, al menos de momento, parece inviable, y aunque no puede darse una respuesta general y satisfactoria, porque ninguna es éticamente irreprochable, entiendo que la prohibición no evita, sino que se recurre a la clandestinidad o a países donde es legal, fomentando el turismo reproductivo y prácticas socio-sanitarias cuestionables. Además, prohibir también atenta contra la libertad. Es preferible regular que prohibir y, al final, tener que solventar el problema que genera la inscripción, y adscripción, de recién nacidos allende nuestras fronteras. Sería ventajosa una regulación completa, permisiva pero necesariamente con restricciones para poder ser respetuosa con los derechos de todos implicados ―en especial del recién nacido, determinando con claridad su filiación―.
En fin, aplaudo iniciativas legislativas como la de nuestro vecino Portugal, que afronta sin complejos un dilema ético de primera magnitud.
A.S

Opiniones recogidas en  anteriores entradas publicadas en
 Sinapsis como Entrevistas a amigos distinguidos

(El currículo de cada uno de los entrevistados se ha publicado ya en las entradas correspondientes a los temas tratados)


José Luis Dueñas Díez

Si, mi posición en contra es muy clara. Desde mi punto de vista hay dos vertientes a considerar. En primer lugar, el de la mujer que actúa como “vientre de alquiler” que, en la mayor parte de los casos, es utilizada y alquilada como un “contenedor” para que se desarrolle un ser humano que será entregado, como una mercancía, una vez finalizado el proceso, a otras personas que pagan por ello. Creo sinceramente que la mayoría de las mujeres que acceden lo hacen para obtener recursos económicos, lo que lo convierte en un acto puramente mercantil y puede llegar a facilitar el tráfico e incluso la esclavitud de mujeres en países en vías de desarrollo.  La otra vertiente es la de la vulneración de los derechos del recién nacido al que, entre otros, en este proceso se le niega su derecho a conocer a su madre biológica.


Federico Soriguer Escofet


No definitiva. Pero me parece que hay una obsesión por la paternidad  y por la maternidad que no puede justificar cualquier cosa. Muchas mujeres feministas están en contra de la gestación subrogada. Es un ejemplo de las contradicciones que implican las tesis feministas radicales   sobre la propiedad absoluta del cuerpo por las mujeres, (basadas  en eslogan como “nosotras parimos nosotras decidimos, etc.”).  Las mujeres son tan propietarias del cuerpo cuando abortan como cuando subrogan su embarazo o se prostituyen.  Es el problema de las generalizaciones. Pero yo no soy mujer y esto desnaturaliza mis opiniones.  


Juan de Dios Colmenero


Yo creo que la gestación subrogada puede ser un recurso éticamente aceptable para parejas infértiles o monoparentales, siempre que se cumpla el requisito de ser una herramienta de último recurso tras el fracaso de los demás métodos de fertilización y que se realice de forma altruista. En estas condiciones, yo creo que podría tener una amplia acogida social y tener cabida en nuestro ordenamiento jurídico.





Después de estas lecturas creo que todos meditaremos sobre nuestra posición al respecto. Si se quiere hacer un aporte constructivo que facilite el análisis se puede escribir en el ítem de Comentarios.

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